SOCIOS NUMERARIOS: Para ingresar en la Asociación con el carácter de asociado de pleno derecho, o socio numerario, se considera requisito indispensable el ser persona natural, mayor de edad, tener capacidad de obrar, identificarse con las finalidades de esta Asociación, y el pago de la cuota de ingreso que esté estipulada.
SOCIOS PROTECTORES: Tendrán la condición de este tipo, las persona físicas, por su cuenta, y los representantes de empresas o asociaciones con ánimo de lucro que paguen una cuota especial elevada o su valor equivalente en donación de piezas de carácter arqueológico, histórico, etnológico o de otra índole, al Museo de Historia de Manacor, o bien que procuren a este museo o asociación, una eficiente ayuda económica o en la mejora de las instalaciones, servicios, técnicas o en el aumento de fondos del Museo de Historia de Manacor.
Igualmente podrán serlo las asociaciones sin ánimo de lucro que aporten algún tipo de colaboración que, a juicio de la Junta Directiva, justifique la concesión de dicha distinción.
Estas asociaciones y empresas figurarán como un socio numerario y sus asociados o integrantes tendrán que hacerse socios para disfrutar de las mismas ventajas que los socios de la Asociación del Museo de Historia de Manacor. Dentro de estas asociaciones y empresas se designará la persona física que les represente dentro de la Asociación.
SOCIOS HONORARIOS: la Asamblea General podrá nombrar socios honorarios en las condiciones, derechos y honores que la propia Asamblea determine. Así mismo, corresponde a la Asamblea General determinar las formas de adhesión a los Amigos del Museo, de las asociaciones e instituciones que lo soliciten y el estatuto de asociado. La denegación de admisión podrá ser recurrida ante la Asamblea General.